Las administraciones trabajan con volúmenes enormes de texto: normativa, expedientes, actas, consultas de la ciudadanía. La IA ayuda a atender mejor y más rápido: responder dudas sobre un trámite citando la norma, digitalizar expedientes en papel, transcribir plenos o dar al personal un asistente sobre procedimientos internos. Son mejoras concretas en tiempos de respuesta y en accesibilidad, también en las lenguas cooficiales.
Esos datos son de la ciudadanía y el marco legal es exigente. El Esquema Nacional de Seguridad (Real Decreto 311/2022) se aplica al sector público y a los proveedores privados que le prestan servicios, con medidas proporcionales a la categoría de cada sistema. El RGPD y la LOPDGDD rigen el tratamiento de datos personales. El Reglamento de IA (AI Act) considera de alto riesgo algunos usos públicos, como evaluar el derecho a prestaciones y servicios públicos esenciales, con obligaciones aplicables desde el 2 de diciembre de 2027 tras el ómnibus digital sobre IA de 2026. Y la Directiva NIS2, cuya ley de transposición sigue en tramitación en España, refuerza la ciberseguridad de las administraciones incluidas en su ámbito.
Por eso la pregunta no es solo qué modelo usar, sino dónde se ejecuta y con qué garantías. Nuestra plataforma está certificada en ENS categoría Media sobre un centro de datos con ENS categoría Alta, con equipo propio en España. Explicamos qué implica cada categoría en ENS e IA: categoría Media y Alta; el detalle técnico está en infraestructura, las tarifas en precios y los plazos normativos en el radar regulatorio.